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Reforma de la Corte Suprema

Actualmente, la Corte Suprema de los Estados Unidos tiene 9 jueces y se ha mantenido en ese número desde la Ley Judicial de 1869. Desde entonces, la población de los EE. UU. Se ha multiplicado casi por diez, el volumen de casos ha crecido drásticamente y las leyes y el gobierno las instituciones se han vuelto mucho más grandes y complejas. Estamos atrasados para una ampliación de la Corte Suprema.

Actualmente, los EE. UU. Tienen 11 tribunales de apelaciones de circuito regionales más el Tribunal de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia y el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal. Propongo que el objetivo debería ser tener 2 jueces asociados “que representen” a cada circuito regional y 1 juez presidente que presida tanto el Circuito del Distrito de Columbia como el Circuito Federal. Mecánicamente, esto funcionaría otorgando a cada presidente 2 nombramientos de juez asociado por Congreso (efectivamente 1 nombramiento por año) más un nombramiento de presidente del Tribunal Supremo cuando el puesto está vacante. Las audiencias para los nombramientos de nuevos magistrados asociados serían dirigidas por los senadores que representan a los estados en el circuito que serán representados por el magistrado designado, lo que contribuiría aún más a reducir la politización de los nombramientos de magistrados de la Corte Suprema. El circuito seleccionado para un nombramiento determinado sería el circuito que haya estado representado por el menor número de jueces asociados durante el mayor tiempo continuo. Si todos los circuitos tienen 2 representantes de la justicia, el juez asociado de mayor rango será “reemplazado” por la próxima designación para su circuito respectivo. La Constitución impide la destitución de un juez si ha demostrado "buen comportamiento", por lo que lo que realmente sucedería durante el "reemplazo" es que el juez asociado de mayor rango asumiría un nuevo título: juez superior. Los magistrados superiores mantendrían sus salarios de por vida y servirían en los tribunales inferiores por designación. Los magistrados superiores pueden cubrir las vacantes temporales de jueces asociados hasta que se llenen mediante nombramiento. Si ningún juez asociado dimite, fallece o se vuelve incapaz de servir, el “período” efectivo más corto sería de 22 años para los jueces asociados antes de la designación como jueces superiores. Una redistribución de los estados dentro de los circuitos para igualar las poblaciones y el número de senadores por circuito sería una adición razonable a esta reforma legislativa.

Una Corte Suprema con hasta 23 jueces es mucho más flexible en su función, y se podrían presentar argumentos para ampliarla aún más. No es necesario que toda la Corte presida todos los casos, por lo que una Corte Suprema más grande podría aceptar más casos, normalizando aún más su papel como un organismo que resuelve disputas regularmente y evoluciona con nuestro mundo moderno y en constante cambio.

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